Estamos a su disposición

Pikes Peak Online School (PPOS) ofrece sólidos servicios de educación especial para apoyar a los estudiantes y satisfacer sus necesidades, capacitándolos para prosperar en la escuela y más allá. Con un aprendizaje personalizado de alta calidad y la ayuda de profesores y personal de apoyo, los estudiantes con necesidades especiales pueden alcanzar sus objetivos académicos, encontrar su confianza y allanar el camino hacia el éxito.

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PPOS tiene la obligación de informar a los usuarios de los servicios y programas de educación especial disponibles, incluida la Ley McKinney-Vento de 1986 de asistencia a las personas sin hogar.

Nuestra escuela ofrece una serie de servicios para ayudar a su estudiante a obtener el apoyo que necesita para prosperar en la escuela y más allá. A continuación encontrará una lista de servicios específicos, proveedores e información de contacto.

Christa Seger


Christa Seger


Kim Ashby

Notificación de determinación y apelación
Si el enlace determina que el estudiante no califica para el programa MKV, el padre/tutor/joven no acompañado será notificado por escrito con una explicación e información sobre el derecho a apelar la decisión de la escuela.


Kim Ashby


Christa Seger


Christa Seger


De acuerdo con las regulaciones federales y estatales, PPOS proporcionará un aviso público anual a las familias informándoles de las responsabilidades de PPOS en la búsqueda de niños, los procedimientos involucrados en la identificación de discapacidades educativas y la determinación de las necesidades de servicio y apoyo de los estudiantes.

Se anima a las familias a revisar la siguiente información que describe estas regulaciones. La información relativa a las prácticas internas de PPOS para cumplirlas estará disponible en los Manuales y Manuales de Programas Especiales de PPOS.


PPOS se esfuerza por identificar, localizar y evaluar a todos los niños inscritos que puedan tener discapacidades. La discapacidad, tal como se establece en IDEA, incluye condiciones tales como discapacidad auditiva, visual, del habla o del lenguaje, discapacidad específica de aprendizaje, trastorno emocional, discapacidad cognitiva, otros impedimentos de salud o físicos, autismo y lesión cerebral traumática. El proceso de identificación, localización y evaluación de estos niños se denomina Child Find.

Como escuela pública, responderemos vigorosamente a los mandatos federales y estatales que requieren la provisión de una Educación Pública Apropiada y Gratuita sin importar la discapacidad del niño o la severidad de la discapacidad. Para cumplir con los requisitos de Child Find, PPOS implementará procedimientos para ayudar a asegurar que todos los estudiantes de PPOS con discapacidades, independientemente de la gravedad de su discapacidad, que requieren educación especial y servicios relacionados, sean identificados, localizados y evaluados, incluidos los estudiantes con discapacidades que no tienen hogar o los estudiantes que están bajo la tutela del estado.

El permiso y la participación de los padres/tutores es una pieza vital en el proceso. Una vez que se ha determinado que un alumno tiene una "presunta discapacidad" o se ha determinado que tiene una discapacidad, la PPOS pedirá al alumno o a sus padres/tutores información sobre el niño, por ejemplo:

  • ¿Cómo ha dificultado el aprendizaje del alumno la presunta discapacidad o la discapacidad identificada?
  • ¿Qué se ha hecho, desde el punto de vista educativo, para intervenir y corregir los déficits de aprendizaje emergentes del alumno?
  • ¿Qué información educativa o médica relativa a la presunta discapacidad o a la discapacidad identificada puede compartirse con el centro escolar?

Esta información también puede obtenerse de los profesores actuales o anteriores del alumno, terapeutas, médicos u otros organismos que dispongan de información sobre el alumno.

Toda la información recopilada se mantendrá en estricta confidencialidad y sólo se divulgará a terceros con el permiso de los padres o según lo permita la ley. De acuerdo con esta confidencialidad, PPOS mantendrá un registro de todas las personas que revisen la información confidencial. De acuerdo con la normativa estatal, los padres tienen derecho a revisar los expedientes de sus hijos.

Como parte del proceso Child Find, algunos servicios pueden incluir una evaluación completa, un programa educativo individualizado diseñado específicamente para el niño y una derivación a otros organismos que prestan servicios especiales.



Para los estudiantes que se confirme que presentan necesidades educativas especiales, una vez que el equipo del IEP acuerde el IEP y la colocación educativa del estudiante, se enviará una Notificación Previa por Escrito (PWN) a los padres/tutores para que la firmen. Este debe ser firmado y devuelto a PPOS. PPOS sólo puede implementar el IEP del estudiante (o Plan 504) al recibir el PWN firmado. Algunos estudiantes presentan una o más discapacidades pero no cumplen con los criterios de elegibilidad descritos en IDEA (educación especial); sin embargo, su discapacidad aún puede requerir que PPOS desarrolle un Acuerdo de Servicio 504 (Plan 504) para delinear las disposiciones especiales que un estudiante puede requerir para adaptaciones y/o acomodaciones en la instrucción basada en la escuela, instalaciones y/o actividades.

Los padres/tutores tienen derecho a revocar el consentimiento para los servicios después de la colocación inicial. Tenga en cuenta, una revocación del consentimiento elimina al estudiante de TODOS los servicios especiales y apoyos descritos en el IEP o Plan 504.






  • Facilitación del IEP - La facilitación del IEP es un proceso voluntario que puede utilizarse cuando todas las partes de una reunión del IEP están de acuerdo en que un tercero neutral ayudaría a facilitar la comunicación y la redacción satisfactoria del IEP del alumno. Este proceso no es necesario en la mayoría de las reuniones del IEP. Más bien, se utiliza con mayor frecuencia cuando cualquiera de los participantes tiene la sensación de que los temas de la reunión del IEP están creando un impasse o un clima enconado.
  • Mediación - Un proceso voluntario en el que ambas partes tratan de resolver las cuestiones involucradas en la preocupación con un mediador imparcial, de terceros del Departamento de Educación de Colorado. El mediador escribirá los detalles del acuerdo al que las partes llegan a través de la conferencia de mediación, el acuerdo es firmado por ambas partes, y por lo tanto lo que el documento establece es obligatorio para ser implementado. Este proceso es en general menos tiempo, menos estresante y menos costoso de completar que una audiencia de debido proceso (véase más adelante)